En muchas ocasiones, nos encontramos con el dficil deslinde, entre la figura del contrato menor y el fraccionamiento del contrato, y es que la linea no siempre es clara porque no encontramos en el ámbito de la subjetividad, lo cual para nosostros es un problema a la hora de fiscaliza, por ello queríamos subir hoy, tres informes donde se trata el tema y que siempre va bien tener a mano, en nuestro ya abultado “fondo de armario”, como siempre cualquier contribución, vía comentario será bienvenida. saludos.
Sobre este tema nos parece interesante poner de relieva la conclusión a la que llegó la Intervención de la Comunidad de Madrid en informe de 14 de junio de 2013:
El enjuiciamiento del posible carácter fraudulento del fraccionamiento no debería presumirse en base a criterios generales establecidos a priori, sino que debería acreditarse en cada caso, tomando como base las propias circunstancias y datos obrantes en el supuesto de que se trate. Para determinar la vulneración de las normas sobre contratación pública habrá que estimar las consideraciones anteriores y aplicarlas caso a caso.
Enlace informe 1/2001 JCCA canarias
La Consulta 1/2010 se empleó como parte de examen categoría superior Intervención-Tesorería en Galicia, en junio 2011
Más información en este interesante artículo de la revista auditoria publica nº 53 de 2011
Recientemente informe de la JCCA de Baleares nº 1/2013