reforma regimen local
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Comenzamos el año con muchas novedades, sin duda la principal es la ley 27/2013 que modifica la Ley de Bases de Regimen Local de 1985. Como siempre hemos indicado en fiscalizacionlocal pretendemos básicamente “cuidar contenidos” aglutinando la información que nos parece necesaria sobre el ámbito local, en general y la hacienda municipal en particular. Así que para empezar os dejamos dos enlaces interesantes, el primero es la Ley de Bases consolidada que incluye todas la modificaciones y el segundo es el cuadro comparativo que ha hecho Monstse Carpio en su Blog:

Resumen de la NOTA DE PRENSA DEL MINHAP:

Se clarifican las competencias municipales por ley, eliminando duplicidades y competencias impropias, bajo el principio “una Administración, una competencia” y ajustando la Administración Local a la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

– Se garantiza el derecho a unos servicios mínimos municipales para el conjunto de España, pudiéndolos prestar la Diputación Provincial, en los municipios menores de 20.000 habitantes.

– Se publicará el coste de los servicios municipales para que el ciudadano pueda comparar la gestión de sus servicios y evaluar a sus representantes.

– El sueldo de los miembros de las corporaciones locales se fijará según la población del municipio y se reduce el número del personal eventual y de cargos públicos.

– Garantiza, en todo caso, el mantenimiento y la prestación de los servicios a los ciudadanos, entre los que se encuentran los servicios sociales.

El texto definitivo se aprueba año y medio después de que el Gobierno elaborara el primer borrador. La iniciativa inicial incluía la posibilidad de suprimir municipios, la reducción del número de concejales y la eliminación de sueldos en los municipios más pequeños. Además, se imponía el llamado “coste estándar”, esto es, la definición del precio que debían tener los servicios municipales si un ayuntamiento quería seguir prestándolos, lo que fue uno de los asuntos más discutidos. En este año y medio se han ido perfilando o suprimiendo estos asuntos controvertidos, como la reducción de ediles.

La norma aprobada incluye un nuevo reparto de competencias y despoja a los ayuntamientos de las que tenían en materia de educación, sanidad y servicios sociales, que pasarán a manos de las CCAA en unos plazos definidos. Sin embargo, podrán seguir ejerciéndolas si así lo acuerdan con las CCAA y mediante un convenio que incluya el pago correspondiente.

Además, se impone el cumplimiento de la suficiencia financiera como objetivo principal para todo tipo de entidad local, se empuja a lograr costes eficientes en la prestación de servicios y se refuerza el papel de las diputaciones para hacer que así sea en los pueblos de menos de 20.000 habitantes. Por otro lado, las entidades locales menores y las mancomunidades sólo podrán subsistir si cumplen con la obligación de rendir cuentas a tiempo.

Respecto a las  retribuciones de alcaldes, éstos no podrán cobrar más que un Secretario de Estado en el caso de las grandes ciudades; también se limita el número de asesores que se puede contratar en un ayuntamiento y se devuelve la habilitación estatal a los interventores municipales, que de nuevo dependerán de Hacienda.

Por último, los ayuntamientos podrán dedicar patrimonio público de suelo a reducir su deuda comercial o financiera.

La iniciativa ha contado con el apoyo del PP, PNV y UPN y ha mantenido en contra al resto de grupos parlamentarios por considerar que resta competencias a los ayuntamientos y facilita la privatización de la prestación de servicios.

Bueno pues con esto ya podemos ir estudiando, ánimo¡¡¡

1 Comentario

  1. Ya han pasado diez meses desde la entrada en vigor de la Ley y, la que se proclama de “sostenibilidad y racionalización”, destaca más por ser la de la “polémica y el desacuerdo”.

    Yo me dedico a gestionar un portal que trata sobre residencias para tercera edad en España, http://www.Inforesidencias.com y me interesa en el futuro de las residencias y los servicios de ayuda a domicilio para dependientes (ya sean discapacitados, mayores o de otros colectivos) de titularidad municipal que, sin duda se verán afectados por la modificación en el sistema de reparto de competencias (lo que antes era propio ahora puede ser impropio o delegado) entre ayuntamientos, diputaciones y comunidades autónomas.

    Relacionado con ello, y después de haber participado en un par de cursos en Santander y Barcelona , he publicado en mi blog una entrada (http://josepdemarti.blogspot.com.es/2014/10/el-futuro-de-las-residencias-y-sad.html) sobre la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, llamada pomposamente, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y su repercusión en los servicios sociales. Te envío el enlace por si es de tu interés o del de alguien que visite este blog.

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